ADMINISTRADORES

El administrador de una Propiedad Horizontal ya pude contar con una herramienta web para ayudarle a optimizar los procesos administrativos, Contables y operativos de la o las Copropiedades que administra.

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COPROPIETARIOS Y RESIDENTES

PH en Línea le permite estar al tanto de los sucesos, estado económico, proyecciones, deberes y obligaciones tanto de convivencia como administrativos y financieros de la propiedad que poseemos y/o lugar donde residimos.

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COPROPIEDADES

Conjuntos residenciales, Condominios, Edificios, Centros comerciales, Centros empresariales y todas las propiedades horizontales; pueden contar con un sitio web que permanecerá en el tiempo manteniendo la información siempre disponible, independiente a la dinámica y estabilidad que tenga la estructura administrativa y de consejeros que tenga la copropiedad.

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NUESTROS SERVICIOS

La administración es quien se encarga de la organización, dirección y control de todos los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, del conocimiento, etc.) de la copropiedad, con el fin de obtener el máximo beneficio para la misma. Ph en línea quiere poner a disposición los servicios que ofrecemos como herramienta de apoyo a la administración y a la copropiedad.

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NUESTROS PRODUCTOS

Nuestra plataforma web, se complementa con otros productos de software y soluciones tecnológicas complementarias para la propiedad horizontal.

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NOTICIAS DE INTERÉS

¿Cómo debo proceder si un arrendatario no paga el arriendo?

Los conflictos entre arrendatarios y arrendadores son comunes y pueden variar desde problemas de convivencia, como el ruido o la falta de limpieza con mascotas, hasta cuestiones más serias como el impago del arriendo. Este último es el más frecuente y puede llevar a la terminación del contrato de arrendamiento. Según la Ley 820 de 2003, el no pago del arriendo es una causa expresa para terminar el contrato, sin importar el tiempo de mora. Aunque algunos arrendadores son flexibles con los retrasos, el incumplimiento sigue siendo una falta contractual que puede resultar en un proceso legal para la restitución del inmueble. El proceso de desalojo incluye notificación, demanda ante un juez, audiencia, y en caso de que el arrendatario no desocupe, una orden de desalojo que puede ser ejecutada con apoyo policial. Además, la ley permite terminar el contrato sin preaviso si el arrendatario incumple otras obligaciones, como el pago de servicios públicos o subarrendar sin autorización. En caso de resistencia del arrendatario, es recomendable buscar ayuda profesional o acudir a la Defensoría del Pueblo antes de proceder legalmente.

¿En qué consiste la Ley 675 del 2001 o de Propiedad Horizontal?

La Ley 675 de 2001, también conocida como Ley de Propiedad Horizontal en Colombia, establece el marco legal para la regulación de la propiedad horizontal en edificaciones construidas o por construirse en el país. Esta ley define los derechos y obligaciones de los propietarios de bienes inmuebles sujetos a propiedad horizontal, así como las normas para la administración y gestión de los bienes comunes. Algunos aspectos importantes que abarca la Ley 675 incluyen: Definición de propiedad horizontal: La ley establece qué se entiende por propiedad horizontal, que es la forma de dominio sobre inmuebles en la cual una persona es titular del derecho de propiedad individual sobre un bien y, además, comparte con otros la titularidad del dominio sobre ciertos bienes denominados comunes, necesarios para el ejercicio del derecho que se tiene sobre el primero. Administración y régimen interno: La normativa define las reglas para la administración de los bienes y servicios comunes, así como las obligaciones de los propietarios y la conformación de la asamblea de copropietarios, encargada de tomar decisiones importantes sobre la gestión de la propiedad horizontal. Reglamento de propiedad horizontal: Cada edificio o conjunto residencial sujeto a propiedad horizontal debe contar con un reglamento interno que establezca las normas de convivencia, el uso de las áreas comunes, la distribución de los gastos comunes, entre otros aspectos relevantes para la vida en comunidad. Creación de la persona jurídica: Una vez constituida legalmente la propiedad horizontal, se crea una persona jurídica conformada por los propietarios, la cual se encarga de administrar y representar los intereses comunes de la comunidad de propietarios. En resumen, la Ley 675 de 2001 establece el marco legal para regular la convivencia y administración de edificaciones sujetas a propiedad horizontal en Colombia, garantizando los derechos y deberes de los propietarios y asegurando el buen funcionamiento de los espacios comunes.

Procesos para Personas Morosas con su pago de administración

En Colombia, la Ley 675 de 2001 es conocida como la "Ley de Propiedad Horizontal" y regula las relaciones jurídicas que surgen entre los propietarios de bienes inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal. Esta ley establece las normas y procedimientos para la administración, uso, goce, destino y disposición de los bienes privados y comunes en edificaciones sometidas a este régimen. La importancia del pago de la administración en el ámbito de la vivienda se refleja en diversos aspectos legales y prácticos. En muchos países, las leyes de propiedad horizontal o reglamentos internos de conjuntos residenciales establecen claramente la obligación de los propietarios de contribuir financieramente a los gastos comunes. El incumplimiento de este deber puede tener diversas consecuencias: Sanciones legales: Los reglamentos de la comunidad o las leyes de propiedad horizontal a menudo contemplan sanciones legales para aquellos propietarios que no cumplen con sus obligaciones financieras. Esto puede incluir multas o acciones legales para recuperar las deudas. Restricciones de servicios: En algunos casos, la falta de pago puede resultar en la restricción de servicios comunes, como el acceso a áreas recreativas, servicios de seguridad, o mantenimiento de las instalaciones. Afectación de la convivencia: El no pago de la administración puede generar tensiones y conflictos entre los residentes. La falta de recursos financieros puede obstaculizar la realización de mejoras o reparaciones necesarias, afectando así la calidad de vida de todos. Impacto en la propiedad: En algunos casos, la falta de pago podría llevar a medidas más drásticas, como la posibilidad de que la propiedad sea objeto de embargos o procesos legales para recuperar las deudas acumuladas. Es fundamental que los propietarios comprendan la importancia de cumplir con sus obligaciones financieras en comunidades residenciales, ya que el bienestar colectivo depende en gran medida de la contribución de cada residente.

Responsabilidades de las contructoras

En cuanto a los temas de estructura, la ley (artículo 2060 del Código Civil) regula una “garantía decenal”, es decir 10 años, cuando el constructor es responsable de tres condiciones que se presentan ante la entrega de un proyecto: vicios de la construcción, características del suelo y vicios propios de los materiales que se utilizaron en la construcción de determinada obra. Existen otras responsabilidades que deberán correr por cuenta de las constructoras, principalmente respecto a las zonas comunes, en caso de las viviendas. Estas deberán ser entregadas tal cual fueron presentadas. En caso de no hacerlo, o en caso de presentarse problemas estructurales, como se mencionó anteriormente, los habitantes de la residencia podrán realizar una acción de responsabilidad civil para que se reconozcan las obligaciones del constructor o, por otra parte, iniciar un proceso en la Superintendencia de Industria y Comercio, que también tiene jurisdicción. Así, las constructoras deberán llevar varias responsabilidades en sus hombros para evitar cualquier pleito jurídico.

LAS MASCOTAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL

La propiedad horizontal no puede prohibir la tenencia de mascotas, pero la ley exige implementar medidas que garanticen la sana convivencia, aspectos que los manuales de convivencia suelen adoptar. Es el caso de exigir que las mascotas lleven lazo, bozal, prohibir que transiten libremente y sin acompañamiento de sus dueños o cuidadores, etc. Igualmente, la obligación de los dueños o tenedores de la mascota de recoger los excrementos dejados por esta. el manejo de mascotas en una propiedad horizontal es básicamente el mismo que se ha de dar en la vía pública de acuerdo al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Algunos autores consideran que es ilegal que la propiedad imponga multas relacionadas con la tenencia de mascotas, sin embargo, no es estrictamente necesario que la propiedad horizontal sea quien imponga las multas, pues el código de policía o de convivencia ciudadana ya las considera. Las conductas y las multas relacionadas con la tenencia de mascotas consideradas por el código de policía.

CUOTAS EXTRAORDINARIAS

CUOTAS EXTRAORDINARIAS EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL: El cobro de las cuotas extraordinarias en propiedades horizontales que superen cuatro veces el valor mensual de las ordinarias requerirá de la aprobación de la asamblea. Esto lo estipula la Ley 675 de 2001. El valor de la cuota de administración se calcula según los coeficientes de copropiedad establecidos en el Reglamento de Propiedad Horizontal. Esta misma base puede ser tomada para calcular una cuota extraordinaria, aunque la ley 675 no determina su cálculo el cual puede también ser un valor fijo según se determine en la asamblea.

Documento soporte Electrónico

Para dar continuidad al proyecto de digitalización de documentos fiscales en Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expidió la Resolución 000167 del 30 de diciembre de 2021 por la cual define los nuevos lineamientos para la expedición electrónica del documento soporte. Inicialmente, entraba en vigencia la expedición electrónica del documento soporte el 31 de enero, luego el 2 de mayo, pero la Dian anunció recientemente que amplía el plazo hasta el 01 de agosto de 2022. Este documento es un soporte que las empresas deben emitir por la compra de bienes o servicios a personas no responsables de facturación y está vigente desde el 2020. Cabe resaltar que, todas las personas jurídicas están obligadas a presentar este soporte sobre los pagos que ejecutan a personas naturales no obligadas a facturar.

CREACIÓN DEL REGISTRO ÙNICO DE ADMINISTRADORES DE PROPIEDAD HORIZONTAL

El RUAPH será un registro nacional, público, unipersonal y de carácter obligatorio, administrado por las cámaras de comercio e integrado al registro único empresarial y social –RUES–.

Garantías por daños en la Propiedad Horizontal

Garantías por daños en la Propiedad Horizontal Se deben evaluar dos puntos importantes al presentar una garantía por daño: tiempo y tipo de daño en el inmueble. La Ley, específicamente la de protección a consumidores y compradores (1480 de 2011) establece los tiempos que cubren a los compradores en el daño a una propiedad. Se habla de un año para temas de acabados, pintura y elementos como cables de energía. La norma también habla de 10 años para garantías o daños estructurales que amenacen con la ruina del bien o defectos de la construcción por parte de la constructora en el desarrollo del proyecto” Se debe tener cuidado cuando se habla de daños estructurales o de daños estéticos o de acabados. “Puede presentarse que por defectos en el proceso de ejecución del trabajo de fachadas se presenten afectaciones que, a simple vista, puedan verse como un riesgo inminente; lo anterior no significa un riesgo estructural para el edificio o un riesgo de colapso. Se debe acudir a expertos estructurales que evalúen el daño antes de iniciar la acción”

Requerimientos legales para la vivienda turística en propiedad horizontal

El decreto 2590 del 2009, compilado en el decreto único reglamentario de los sectores de comercio, industria y turismo (1074 del 2015), reguló por primera vez la vivienda turística.

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